Derecho Humano al Agua y al Saneamiento
The Human Right Water
El acceso al agua potable de calidad y en cantidad suficiente es esencial para el desarrollo digno de las personas. La Asamblea General de las Naciones Unidas reconocen desde junio de 2010 como Derecho Humano el acceso al agua y al saneamiento.
El Proyecto de Comunidades Azules nace con el objetivo de defender el acceso universal al aua y al saneamiento, llevando a cabo acciones de difusión y concienciación de las dificultades de suministro que sufren numerosas comunidades en diversas regiones del planeta.
La calidad del agua de grifo está garantizada en la mayoría de los paises occidentales gracias a los análisis continuos y en diferentes puntos del recorrido del ciclo integral del agua de uso urbano. El sistema de abastecimiento y saneamiento que se emplea es, además, altamente respetuoso con la conservación de los valores ambientales, pues para su distribución no requiere de envases plásticos ni de repartos en vehículos que consumen combustibles fósiles. Y habitualmente el precio del litro de agua potable es de tan sólo 0’001 €, la décima parte de 1 céntimo.
La Directiva Marco del Agua sentencia en su preambulo que «el agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar como tal»
El abastecimiento de agua para el consumo humano y el saneamiento es un derecho humano que de acuerdo con Naciones Unidas, es indispensable para vivir dignamente siendo condición previa para la realización de otros derechos fundamentales.
El abastecimiento de agua para el consumo humano y el saneamiento es un derecho humano que de acuerdo con Naciones Unidas, es indispensable para vivir dignamente siendo condición previa para la realización de otros derechos fundamentales.
Derecho Humano al Agua y al Saneamiento
The Human Right Water
El acceso al agua potable de calidad y en cantidad suficiente es esencial para el desarrollo digno de las personas. La Asamblea General de las Naciones Unidas reconocen desde junio de 2010 como Derecho Humano el acceso al agua y al saneamiento.
El Proyecto de Comunidades Azules nace con el objetivo de defender el acceso universal al aua y al saneamiento, llevando a cabo acciones de difusión y concienciación de las dificultades de suministro que sufren numerosas comunidades en diversas regiones del planeta.
La calidad del agua de grifo está garantizada en la mayoría de los paises occidentales gracias a los análisis continuos y en diferentes puntos del recorrido del ciclo integral del agua de uso urbano. El sistema de abastecimiento y saneamiento que se emplea es, además, altamente respetuoso con la conservación de los valores ambientales, pues para su distribución no requiere de envases plásticos ni de repartos en vehículos que consumen combustibles fósiles. Y habitualmente el precio del litro de agua potable es de tan sólo 0’001 €, la décima parte de 1 céntimo.
La Directiva Marco del Agua sentencia en su preambulo que «el agua no es un bien comercial como los demás, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar como tal».
El abastecimiento de agua para el consumo humano y el saneamiento es un derecho humano que de acuerdo con Naciones Unidas, es indispensable para vivir dignamente siendo condición previa para la realización de otros derechos fundamentales.
El abastecimiento de agua para el consumo humano y el saneamiento es un derecho humano que de acuerdo con Naciones Unidas, es indispensable para vivir dignamente siendo condición previa para la realización de otros derechos fundamentales.
El reconocimiento al Derecho Humano al Agua y al Saneamiento
2002
En la Observacion General 15 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce el derecho a todos a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico.
2009
La Experata Independiente de las Naciones Unidas realiza un informe sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionados con el acceso al agua potable y el saneamiento.
2010
La Asamblea General de Naciones Unidas aprueba la resolución sobre el Derecho Humano al Agua y el Saneamiento en el que se reconoce que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos.
Posteriormente, en ese mismo año, el Consejo de Derechos Humanos emite una resolución sobre los derechos humanos y el acceso al agua potable y el saneamiento en el que este derecho forma parte del derecho internacional, confirmando que es legalmente vinculante para los Estados firmantes del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Criterios definitorios del Derecho Humano al Agua y el Saneamiento
El Derecho Humano al Agua y el Seneamiento se asientan en tres criterios básicos:
Criterios fundamentales:
– Realización progresiva.
– No discriminación, equidad e igualdad.
Criterios normativos:
– Disponibilidad de una dotación y de un número de instalaciones de saneamiento suficientes.
– Calidad adecuada del agua; las instalaciones de saneamiento deben ser técnica e higiénicamente seguras.
– Aceptabilidad, en lo que respecta al agua y a las instalaciones de saneamiento.
– Accesibilidad a las instalaciones de abastecimiento y saneamiento deben ser continua para todos los miembros del hogar.
– Asequibilidad para el conjunto de la sociedad.
Criterios generales
– Participación.
– Acceso a la información.
– Transparencia y rendición de cuentas.
– Sostenibilidad.
E-mail: info@comunidadazul.org
Dirección: Dr. González Caraballo 1. Edif. Porta Sevilla. Módulo 138. 41020. Sevilla.
Telf.: 955 40 85 06
E-mail: info@comunidadazul.org
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